U-17 Ampliación mixta futura (2)

Esta zona, contenida dentro del límite urbano vigente con anterioridad, constituye aún una reserva futura de suelo conveniente de conservar en esa condición. Por lo tanto, la ocupación se basa en predios de gran magnitud y usos mixtos, que puedan acoger las demandas que hoy no se pueden visualizar.

Mientras, constituye una especie de franja de separación que amortigua la presencia de actividades productivas y de infraestructura en zonas cercanas dentro del límite urbano o fuera de él, en zonas del PRICOST.

Dato Cartográfico
AñoTítulo principalUso de sueloZonificaciónSectorDescargar
-Documento primario: Ordenanza Zonas PRC Caldera. Zona U-17Zona U-17. Ampliación mixta futura. Usos de suelos permitidos: residencial hospedaje y vivienda, Equipamiento (comercio, culto y cultura, deporte, esparcimiento y recreación, salud), actividades productivas inofensivas, e infraestructura transporte y sanitaria.-U-17 Ampliación mixta futuraCaldera, Ciudad / Calderilla-
-Documento primario: Zonas PRC Caldera. Zona U-17Zona U-17: Corresponde a Áreas Urbanas, Ampliación Mixta Futura-U-17 Ampliación mixta futuraCaldera, Ciudad / Calderilla-
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